Derechos Humanos y Globalización
- 12 dic 2024
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A propósito del #DiaMundialDeLosDerechosHumanos Este artĆculo pretende reflexionar sobre #DerechosHumanos y globalización. Nos enfocaremos especialmente en los conceptos de dignidad, #DerechosHumanos y globalización.
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Cuestionarnos acerca del significado y las implicaciones de estos conceptos se vuelve cada vez mÔs necesario en nuestra sociedad mexicana donde desde hace un tiempo hay una fuerte tendencia hacia la polarización de ideales y de niveles socioeconómicos que han promovido la reincidencia de conductas de discriminación, contrapunteando las distintas formas de pensar de las personas, cerrando el diÔlogo y dogmatizando algunas de sus creencias.
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Es relevante en el Ć”mbito social y polĆtico de nuestro paĆs pensar en el mantenimiento de la dignidad y el respeto a los derechos humanos de todas las personas. Si agregamos el tema de la globalización, nos encontramos con un contexto influenciado por diversas culturas y generando nuevas formas de identidad y de relacionarnos con los otros.
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VĆ”zquez (2015) propone una nueva alternativa para entender y definir el concepto de dignidad, alejĆ”ndose de la concepción metafĆsica que proponĆa la visión religiosa y tambiĆ©n del concepto metafĆsico secular contenido en la declaración de los #DerechosHumanos. Define entonces a la dignidad como un lĆmite de lo moralmente admisible y cuyo contenido serĆa esencial o exclusivamente negativo. En este sentido la dignidad se definirĆa negativamente siguiendo la segunda formulación de Kant de obrar de manera que nunca nos tratemos ni a otros sólo como medios, sino siempre al mismo tiempo como fines. De esta manera podrĆamos acceder al concepto de dignidad por la vĆa negativa y al de autonomĆa por la vĆa positiva, haciendo valer los mĆnimos inalterables de cualquier ser humano: a no ser tratados con crueldad ni humillación..
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Por su parte, De Sousa (2002) entiende el auge actual sobre los #DerechosHumanos como un llamado a llenar el vacĆo de las polĆticas progresistas que tenĆan un origen fundamentalmente socialista, surgiendo a partir de tres tensiones especĆficas: entre la regulación social y la emancipación, entre el Estado y la sociedad civil y entre el Estado nacional y la globalización. En este sentido los medios de comunicación, y las polĆticas pĆŗblicas influyen en la concepción de los #DerechosHumanos que tendrĆ” una sociedad en especĆfico, y no es igual para todos los paĆses, ni se toman en cuenta todas las culturas, concluyendo que la pregunta por la viabilidad de los #DerechosHumanos es primordialmente del mundo occidental.
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Como ideas secundarias en el texto de De Sousa (2002), se presenta un enfoque del concepto de globalización a partir de su producción, como localismo globalizado, globalismo localizado, cosmopolitismo y la herencia comĆŗn de la humanidad; siendo los primeros dos de nivel superior y los siguientes de nivel inferior. La globalización entonces serĆa un proceso por el que una entidad local tiene Ć©xito en extender su alcance a nivel global.
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Podemos decir entonces que existe un derecho humano cuando hay un argumento moral, suficientemente fuerte a favor de dar reconocimiento y protección legal y especial a su interés humano, y cuando el reconocimiento y protección son factibles desde un punto de vista prÔctico.
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La dignidad en un mundo globalizado tendrĆ” que entenderse tambiĆ©n a travĆ©s de la interculturalidad que Ć©sta misma por definición conlleva. Se buscarĆa generar conciencia tanto a nivel individual como colectivo de quĆ© toda cultura debe someterse a procesos de autorreflexión que los lleven a entenderse como incompletas y abiertas al diĆ”logo, de tal manera que se abrirĆan a versiones mĆ”s amplias de interculturalidad y la integración de la diferencia pasando de la igualdad o la diferencia a la igualdad y la diferencia.
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Los #DerechosHumanos, la dignidad y la globalización son conceptos que inevitablemente se entrecruzan y se relacionan en el mundo occidental actual. La dignidad no se puede entender sin la libertad y el acceso a la autonomĆa y a los #DerechosHumanos. TambiĆ©n como parte de esta libertad y de la bĆŗsqueda de la igualdad y al mismo tiempo, la aceptación e integración de las diferencias en un mundo globalizado dónde ciertos localismos logran ser globales e impactar a otras sociedades de diversas formas, tal y como sucede con la cultura estadounidense y su impacto en la cultura mexicana, donde comienzan a tomarse como propias culturalismos extranjeros, en muchos casos, enriqueciendo las tradiciones y la identidad del mexicano, y en otros superponiendo el ideal de consumo capitalista como una forma aspiracional de vida.
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Si bien los #DerechosHumanos deben aplicar para todos, es importante que cada estado y cultura analice los distintos grupos sociales que la conforman y las minorĆas que no cuentan con la misma capacidad de acceso a los #DerechosHumanos o que requieren de algĆŗn requerimiento particular como lo son los grupos de personas con discapacidad, aquellos quienes por alguna situación de enfermedad han perdido la capacidad y la voluntad de decidir, asĆ como los derechos de grupos religiosos a manifestar libremente su ideologĆa y apelar a la objeción de conciencia en caso de quĆ© algĆŗn mandato jurĆdico vulnere las convicciones ideológicas propias, garantizando a su vez el derecho de quienes no profesan dicha ideologĆa de acceder a la igualdad y garantĆa de sus derechos y libertades.
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Es importante que como individuos y como sociedad mantengamos la apertura al diĆ”logo y a la interacción con otras formas de pensar y de vivir que pueden ayudarnos a enriquecer los conceptos y leyes que mejoren nuestra convivencia social. El riesgo de creer que una cultura determinada es la mejor o la Ćŗnica que posee la verdad nos lleva a pensamientos dictatoriales y de discriminación de los que tendrĆamos que alejarnos si queremos garantizar el acceso igualitario a los #DerechosHumanos.
Psic. Marco Zapata
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REFERENCIAS
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VĆ”zquez, R. (2015). El concepto de dignidad y la vĆa negativa de acceso a los derechos. En Derechos Humanos. Una lectura liberal igualitaria (pp. 29-51). Universidad Nacional Autónoma de MĆ©xico, Instituto de Investigación JurĆdicas; Instituto Tecnológico Autónomo de MĆ©xico, Centro de Estudios de Actualización de Derecho.
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De Sousa, B. (2002). Hacia una concepción multicultural de los derechos humanos. El Otro Derecho, (28), 59-81.
